DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de Derecho este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, PRIMERO: CONDENA al ciudadano RICHARD JOSE PEÑA MATOS, C.I. 19.264.688 soltera, de 29 años, nacido en Barquisimeto Estado Lara, el 10/07/1981, hijo de Xiomara Matos y Ricardo Peña, Ocupación: Hace Transporte, grado de instrucción: 4º Grado, domiciliado en Barrio Valle verde, Km 11 Vía Quibor, Callejón Principal, casa sin numero de color azul frente del llenadero, a cumplir la pena UN (01) AÑO Y CUATRO (04) MESES de prision, mas las Penas Accesorias de Ley que determina el artículos 16 del Código Penal como lo es la Inhabilitación Política durante el tiempo de la condena; Sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena terminada esta, por la comisión del delito Homicidio Culposo previs.....