DISPOSITIVA¬
Por todas las razones de hecho y de derecho ya expuestas, este Tribunal en Función de Ejecución Nº 3, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Autorizar al Director Centro Penitenciario de los Llanos, para que realice el traslado del penado: VARGAS ESCOBAR YOLANDA ISABEL, titular de la Cédula de Identidad Nº 9611880, quien fue condenado a cumplir la pena DOS (2) AÑOS DE PRISIÓN, más las penas accesorias establecidas en el articulo 16 del Código Penal por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILICITA EN PEQUEÑAS CANTIDADES DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico y Consumo Ilícito de Sustancias Estupefacientes, hasta el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara, haciendo la salvedad esta Juzgadora que se deberá realizar el Procedimiento Legal establecido en los artículos 1, 9, 11 y 12 de .....