Cumplidos como han sido los requisitos legales en el presente juicio, y por las razones que han sido expuestas, este Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario ejercido por los abogados en ejercicio Alejandro Rodríguez Rangel y Marialejandra Rodríguez Avendaño, titulares de las cédulas de identidad Nos. 6.749.439 y 14.122.277inscritos en el Instituto de Previsión del Abogado bajo los Nos. 64.407 y 97.535, respectivamente, contra la Resolución Nº SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/ 2010-0421 de fecha 29 de junio de 2010, notificada a la recurrente en fecha 26 de octubre de 2010, emanada de la Gerencia de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaro inadmisible el Recurso Jerárquico interpuesto y se confirmó el Oficio.....