DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la abogado MARIA VERÓNICA MATHEUS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el Nro 85.025, en su carácter de apoderada judicial de la empresa CONSORCIO SERVOCARABOBO METROPOLITANO C.A.
SEGUNDO: SE CONFIRMA el acta de fecha 14 de julio de 2005, y en consecuencia, se ratifican los montos establecidos en la sentencia de fecha 21 de julio de 2005.