DECLARA: PRIMERO:IMPROCEDENTE la REPOSICION de la causa al estado al estado admisión solicitada por la parte accionada INVERSIONES CUMAPIRA C.A., por falta de utilidad conforme a los razonamientos contenidos en el presente fallo. SEGUNDO:EMPLAZA a la sociedad mercantil INVERSIONES CUMAPIRA C.A., para que dentro de los cinco días de despacho siguientes al presente conteste por ante este Tribunal la demanda incoada en su contra por la sociedad mercantil J.R. ROMERO CONSTRUCCIONES, C.A., todo ello de conformidad con el artículo 652 del Código de Procedimiento Civil.