DECISION
En mérito a las consideraciones que anteceden, este Juzgado 4º de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, NIEGA por improcedente el decreto de decaimiento de la medida de coerción personal peticionada por la defensa de la acusada YAMILEX ENEIDA ZAVARCE MEDINA, ut supra identificado, por la presunta comisión de los delitos de FACILITADORA INMEDIATA DE ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS Y TRATO CRUEL (VIOLENCIA FÍSICA), de conformidad con el artículo 84 numeral 3ero del Código Penal Vigente, permaneciendo incólume la Medida de Detención Domiciliaria dictada en su oportunidad legal.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Regístrese. Publíquese. Cúmplase.
EL JUEZ CUARTO DE JUICIO
ABG. CARLOS GABRIEL TORREALBA GAMARRA
LA .....