Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana Carolina Del Carmen Torres Suárez, titular de la cédula de identidad Nº V-10.766.763, para gestionar ante los organismos señalados antecedentemente, la cuota que le corresponde al adolescente como beneficiario, conjuntamente con sus hermanos Bettzy Karina Hernández Zavarce, Elvis José Hernández Zavarce, Orlannys Del Carmen Hernández Zavarce y el adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titulares de la cédula de identidad Nros. 19.149.020, 15.996.166 y V-20.016.010, (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), en su condición de Único y Universal Heredero del causante Orlando Rafael Hernández Torres.