IV
En fundamento a los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por el ciudadano MANUEL AVEDIS KOURKOUNIAN, cédula de identidad No. 6.890.351, de este domicilio, contra la ciudadana NURY IBETTE FLORES NUÑEZ, cédula de identidad No. 11.025.367, de este domicilio. Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el Archivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, extensión Puerto Cabello, el 12 de agosto de 2015, a las 11.07 am. Años: 205º de la Independencia y 156º la Federación.
La Jueza Provis.....