En fuerza de cuanto antecede, este Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta en fecha 21 de mayo de 2025, por la abogada MARÍA VIRGINIA LÓPEZ ÁLVAREZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte contra la cual obra la presente solicitud, contra la decisión dictada en fecha 14 de mayo de 2025, por el Juzgado Undécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró disuelto el vínculo matrimonial que existió entre los ciudadanos JOSÉ ALEIXO VIEIRA MENDONCA y MARÍA ROSARIO ÁLVAREZ DE VIEIRA, contraído por ante el Registro Civil del Municipio Tovar del estado Aragua, en fecha 28 de noviembre de 2009, según Acta No. 76. SEGUNDO: Se REVOCA el auto dictado en fecha 26 de.....