Por todo lo expuesto, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley se decreta la cesación definitiva de la medida de privación de libertad a favor de (Identidad Omitida), plenamente identificado supra, en virtud de la extinción de la responsabilidad penal por cumplimiento de la medida como un presupuesto necesario para un programa socioeducativo eficaz, por el delito de Robo Agravado Frustrado y Agavillamiento, previstos y sancionados en los artículos 460 en concordancia con el artículo 80, y 287 del Código Penal, ocurrido el día 26 de agosto de 2001, en perjuicio de Josefina Perozo Flores. Ofíciese al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro-Occidental, indicándole la observación que precede. Notifíquese a los Jueces: de Control No. 02 de esta Sección por el Asunto KP01-D-2004-000289 y de Control No. 6 de ordinario por el Asunto KP01-P- 2005-003223. Se habilita la audiencia para la publicación de esta decisión, por tratarse de la cesación de medida privativa .....