Este Tribunal, de conformidad con el Art. 937 del Código de Procedimiento Civil DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a la ciudadana LISBETT MARUJA BOLIVAR DE QUERALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-9.670.889, y al niño XXX, de dos (2) años de edad, del ciudadano FELIX EDUARDO QUERALES MORON