PRIMERO: CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha dieciséis (16) de Abril del año dos mil cuatro (2004), que declaró la interdicción provisional del ciudadano MAURICIO TADEO MIJARES CAICEDO, plenamente identificado en el texto de este fallo.-
SEGUNDO: CONFIRMA en todas y cada una de sus partes, la sentencia dictada por el Juzgado antes mencionado, en fecha diez (10) de Agosto del año dos mil cuatro (2004), y como consecuencia ratifica la interdicción definitiva del ciudadano MAURICIO TADEO MIJARES CAICEDO, plenamente identificado en el texto de este fallo así como la designación de tutor definitivo recaída en la persona de su hermana ciudadana MARCIA MIJARES DE MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de identidad número V.- 3242.699.-
TERCERO: No hay especial condenator.....