CAPITULO IV
DECISIÓN
En virtud de los razonamientos expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara Sin lugar la oposición ejercida por el abogado Hernán Avendaño López, ya identificado en su carácter de apoderado judicial de BANCORO C.A, BANCO UNIVERSAL REGIONAL, antes identificada, dejando a salvo el derecho de privilegio especial que le corresponde a la referida entidad bancaria.
Dada, sellada y firmada en la Sala del despacho de este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Puerto Cabello estado Carabobo a los doce días del mes de noviembre de 2009, siendo las tres y quince de la tarde (03:15 pm).
Publíquese, regístrese y déjese copia para el copiador de senten.....