IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 28 de abril de 2010, por la abogada LUISA GIOCONDA YASSELLI PARES, actuando en su carácter de apoderada de la demandante ciudadana JULIA ESTELA TORRES MARTÍNEZ, contra la decisión proferida en fecha 23 de abril de 2010, por el Juzgado Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda por retracto legal arrendaticio interpuesta contra las sociedades mercantiles ADMINISTRADORA ABAD, C.A. e INVERSIONES AREVIZ, C.A, y los ciudadanos DOMINGO FELIZARDO JIMÉNEZ y JESÚS ANTONIO SALCEDO GONZÁLEZ.
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