declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación propuesta por el abogado ANIBAL A. RUIZ ALVARADO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 28.076, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YACHELINE HERNANDEZ DE VERA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° 10.525.303, contra el Dr. JOSE ALBERTO NUNES MARQUINA, Juez del Tribunal Décimo Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en el Cuaderno de Régimen de Convivencia Familiar signado con el Nº AH52-X-2012-000503.
SEGUNDO: Se impone a la parte recusante una multa de diez unidades tributarias (10 U.T.), de conformidad con el artículo 42 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que para la fecha equivale a la cantidad de NOVECIENTOS BOLÍVARES (BS. 900, 00), monto que deberán pagar el abogado ANIBAL A. RUIZ .....