Se dictó y publicó resolución mediante la cual se proveyó sobre el escrito de pruebas presentado en fecha 29/10/2014 por la apoderada judicial de PDVSA: Capítulo I: El mérito favorable per se no es un medio de prueba admisible y Capítulo II, Admite las documentales promovidas marcadas "A", "B", "C", "D", "D1" y "D2".