V
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este JUZGADO NOVENO (9°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: 1.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado conjuntamente con el recurso contencioso administrativo de nulidad y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, ejercido por el apoderado judicial antes identificado, contra el acto administrativo contenido en el expediente signado con la nomenclatura 079-2017-01-02891 de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz", que dictó orden de reenganche en el procedimiento de reenganche y restitución de derechos por despido interpuesto por la ciudadana ILIANA MAYLIN NIETO RODRIGUEZ y la suspensión de efectos requerida de manera subsidiaria. 3. No hay condenatoria en costas, da.....