En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil BRESAN ADUANAS, C.A., contra la Resolución SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2022-1140 con fecha 10 de agosto de 2022, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Se ANULA la multa impuesta mediante la Resolución impugnada, con base en el numeral 2 del artículo 168 de la Ley Orgánica de Aduanas, por la cantidad de 50 Unidades Tributarias, según los términos expuestos en el presente fallo.
Se ORDENA a la Administración Tributaria el reintegro de las cantidades pagadas por la sociedad recurrente BRESAN ADUANAS, C.A., según consta de la Planilla de Pago F-N° 189.....