Por las razones anteriormente expuestas y en honor a la verdad y a probidad que debe regir a todos los seres humanos y en especial a los Profesionales del Derecho éste Tribunal, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la demanda intentada por el ciudadano: LUIS VACCARI SAN MIGUEL, representado por el Abogado MARINO VACCARI SAN MIGUEL, contra el ciudadano ANGEL ARGUELLES, representado por los Abogados Pastor José Mújica y Yoryelin Odreman, todos identificados en autos, por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. ---------
Se condena en costas a la parte DEMANDANTE por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo establecido en el Artículo 274 del Código de Procedimiento Civil vigente.-------------------------------------------------
Regístrese y publíquese.-----------------------------------------------------------
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