Por lo antes expuesto este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Fijación de Obligación de Manutención interpusiera Indra del Carmen Jesús Mañez, en representación de su hija Indira del Carmen Herrera Mañez, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo. SEGUNDO: Se fija la Obligación de Manutención, que el padre cancelará a su hija antes mencionada, en una cantidad equivalente al Sesenta por ciento (60%) de un Salario Mínimo Nacional, que para el momento de dictar el presente fallo se encuentra establecido en la cantidad de DOS MIL CUARENTA Y SIETE BOLÍVARES (Bs. 2.047,00) es decir la cantidad de MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO BOLIVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (Bs. 1.228,20), mensualmente, el cual será destinado exclusivamente para gastos de aliment.....