V
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano Alfredo Avelino Da Silva, titular de la cédula de identidad Nº 7.382.726, actuando en su condición de Presidente de la sociedad de comercio PANADERÍA, PASTELERÍA, CHARCUTERÍA, PIZZERÍA Y DELICATESES BARQUICENTER C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara bajo el Nº 63, tomo 6-A, de fecha 04 de febrero de 1994., asistido por el abogado Edmundo José Rodríguez Ovalles, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.232, contra "(...) el auto del Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del Estado Lara de fecha 30 de octubre del presente año 20.....