Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR, la Demanda por Cobro de Bolívares, incoada por el ciudadano ESAM ELCHAER ABOU, contra el ciudadano MARTÍN RAMÓN MÉNDEZ MEDINA, todos antes identificados. En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar; PRIMERO: La cantidad de NOVECIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F 940.000,oo), por concepto de capital adeudado; SEGUNDO: La cantidad de TRES MIL NOVECIENTOS DIECISIETE BOLÍVARES FUERTES (Bs. F 3.917,oo) por concepto de intereses generados por el instrumento cambiario, y los que se sigan causando, a la tasa establecida del (5%) anual, lo cual se calculara a través de una experticia complementaria del fallo, para lo cual se nombrara un solo experto contable, que seguirá las indicaciones expresada en el presente fallo.
Se condena en .....