Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano Saúl Miguel Suarez León, titular de la cédula de identidad Nro. 10.533.407, asistido por la abogada Nohelia Margarita Romero Lacruz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 184.000, contra el acto administrativo jubilatorio identificado con el Nro. 9700-104-597, inherente al punto de cuenta Nro. 566, aprobado en fecha 28/07/2015, con fecha efectiva para su aplicación 31/07/2015, emanado de la Coordinación Nacional de Recursos Humanos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, y notificado en fecha 06/08/2015. En consecuencia:
PRIMERO: SE DECLARA válida la Jubilación de Oficio otorgada al querellante por la Coordinación Nacional de Recursos.....