Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como tribunal de alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:
PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Alvaro Badell, en su condición de apoderado judicial de la parte actora BANCO PROVINCIAL, S.A., BANCO UNIVERSAL, contra la sentencia interlocutoria dictada en fecha 15 de noviembre de 2013, (F. 75-76) por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Al haberse verificado el vicio de inmotivación denunciado, se declara la NULIDAD de la referida decisión (15/11/2013 F.75-76), de conformidad con lo establecido en los artículos 243.4º y 244 del Código de Procedimiento Civil,.....