Se DECRETA al (los) ciudadano (s) JOSÉ RAMÓN APONTE DÍAZ, EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con los supuestos establecidos en el ordinal 4° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal Así se decide. Las partes quedaron notificadas en sala de la decisión y de la fecha de publicación del auto motivado. La presente decisión se hace extensiva al co-imputado ORLANDO JOSÉ FUENTES ALVAREZ.