Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal, Sección adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara de conformidad a los artículos 645 y 647 literal ¿h¿ de la ley orgánica para la protección del niño y del adolescente, la Cesación de la Medida de Libertad Asistida, impuesta al joven adulto(IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 18-11-1983, titular de la cédula de identidad personal N° V-16.645.517, hijo de Fanny Bandera y decreta la Libertad Plena en la Presente causa.
Notifiquese a las partes.
Regístrese y Publíquese.
Dada sellada y firmada en el Juzgado de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa Sección Adolescente, en la ciudad de Guanare, a los 13 días del mes de Enero de 2005.-
LA JUEZA DE EJECUCIÓN,
Abg. SENAIDA ROSALIA GONZALEZ SANCHEZ
LA SECRETARIA,
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