En razón de todo lo antes expuesto, este JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO. Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, intentada por los ciudadanos: NELSON ALONZO MONTERO SAAVEDRA Y NANCY DELFINA ROJAS CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.156.649 y V-5.444.483, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogada, MAIGUALIDA URBINA C, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 165.296, y de este domicilio, y en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 26 de Noviembre del año 1.982, por ante el Registro Civil de la Parroquia Morón del Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo, según Acta Nº 114, Folio 280 al 282 Año .....