Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, y, en consecuencia, EXTINGUIDO EL PROCESO, en la solicitud de exequátur referente a la sentencia dictada en la Republica Federativa de Brasil, en la cual se disolvió el vínculo matrimonial entre los ciudadanos LORENNA GABRIELA BARONY SANCHEZ y RODRIGO PANHONI.
SEGUNDO: De conformidad con lo previsto en el artículo 283 eiusdem, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese, déjese copia y notifíquese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a lo.....