Por las razones expuestas, este Juzgado Primero Superior (1º) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso apelación interpuesto por la abogada Anhelisa Villarroel, ya identificada, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada apelante, contra el auto de admisión de pruebas de fecha 10 de junio de 2024, dictada por el Juzgado Noveno (9º) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto recurrido. TERCERO: Se condena en costas a la parte recurrente.