Se DECLARA: CON LUGAR la demanda de Resolución de Contrato de Promesa de Compra Venta interpuesta por los ciudadanos Edgar Gerardo Aponte Suárez y Maria de Lourdes Hernández de Aponte, contra el ciudadano Jhonny Rafael Piñango Gómez, todos identificados en el encabezamiento de la presente sentencia. En consecuencia se declara resuelto los contratos que fueron suscritos por ante la Notaria Pública de Carora, el primero de fecha 20 de Febrero del 2004 anotada bajo el N°42, tomo 3 de los Libros de Autenticaciones que lleva dicha Notaria; y el segundo de fecha 02 de Febrero del 2004, anotada bajo el N°47, Tomo 3 de los Libros de Autenticaciones que lleva dicha Notaria, debiendo entregar el referido demandado el inmueble libre de bienes y personas. Así mismo se condena al demandado al pago de la cláusula penal prevista en el contrato y la cual alcanza a la suma de Tres Millones de Bolívares (Bs. 3.000.000,oo) y al pago de las costas procesales de conformidad con el artículo 274 del Código.....