Firme como ha quedado la Sentencia Condenatoria por Admisión de los Hechos dictada por el Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en fecha 04 de Octubre del año 2005, en consecuencia EJECUTESE de conformidad con lo establecido en los Artículos 479, 482 y 484 ambos del Código Orgánico Procesal Penal y por cuanto de dicha Sentencia se evidencia que el penado JESUS MANUEL LONGART SALAZAR, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 09-05-1986, titular de la Cédula de Identidad N ° V- 19.315.296, fue condenado a cumplir la pena de Once (11) Años de Presidio, por la comisión del delito de Homicidio Simple