Con fuerza en la motivación anterior esta SALA SIETE DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión dictada en fecha 24 de diciembre del 2006 por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó imponer a los ciudadanos: HENIO JOSÉ PIRELA FAJARDO y LEO AMÉRICO MORENO GÓMEZ, Medida Privativa Judicial Preventiva de Libertad, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 13, 250, 251, y 253 todos del Código Orgánico Procesal Penal.