DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución N° 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código penal, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la condena al penado MARIA INMACULADA BRACHO MENDOZA, Titular de la cédula de identidad nº 7.342.621, Venezolana, mayor de edad, nacida en fecha 02.12.1959, soltera de profesion u oficio publicista , hija de LUCAS BRACHO Y CARMEN MENDOZA residenciada en el sector 2 vereda 13, casa Nº6 la Cariucieña en consecuencia se acuerda su libertad de no existir otra causa por la que se encuentre detenida
Regístrese. Ofíciese al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del estado Lara, remitiendo copia de la presente decisión. Notifíque.....