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En relación al Capitulo Segundo del escrito de pruebas relativas a ka invocación de un cúmulo de sentencias, señalados en los particulares I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, siendo antecedentes de hecho los cuales conoce el Juez dentro de las esferas de sus funciones, no son susceptibles de tratarlos como medio de pruebas en consecuencia se niega su admisión. (...)