IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de Regulación de Competencia interpuesta en fecha 16.10.2012 (f. 52), por el abogado Daniel Buvat, en su carácter de apoderado judicial de la demandada A.M.K. CONSTRUCCIONES C.A., contra el Sentencia Interlocutoria dictado por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 16.09.2012 (f. 45 al 49), el cual declaró Sin Lugar la cuestión Previa contenida en el ordinal 1º del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y su Competencia para conocer de la demanda incoada por empresa VENEZUELAN TECHNOLOGY & OIL HANDLING, C.A.....