PRIMERO: Admite totalmente la Acusación Fiscal en contra del ciudadano DANIEL RAFAEL PIAZZA PEÑA, cédula de identidad N° V-15.445.568, por los delitos de LESIONES CULPOSAS GRAVES y DE MEDIANA GRAVEDAD, previstos y sancionados en los artículos 415 y 413, concatenado con el artículo 420, todos del Código Penal, en perjuicio de las víctimas CARLOS JAVIER ANAYA MORENO, y DANIEL ENRIQUE MARIÑO ARAUJO.
SEGUNDO: Visto el Acuerdo Reparatorio, propuesto por el Acusado a las Víctimas, de conformidad con el artículo 41 numeral 2°, del Código Orgánico Procesal Penal, observa que, los delitos imputados son delitos culposos contra las personas, LESIONES CULPOSAS GRAVES y DE MEDIANA GRAVEDAD, previstos y sancionados en los artículos 415 y 413, concatenado con el artículo 420, todos del Código Penal, asimismo que, tanto el acusado como las víctimas han prestado su consentimiento en forma libre y en pleno conocimiento de sus derechos, y que efectivamente estamos en presencia de los delit.....