Por todo lo antes expuesto, en virtud de que el recurrente del caso de marras, no está asistido por abogado tal y como lo exige la ley, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, declara INADMISIBLE el presente recurso contencioso tributario por no tener la capacidad necesaria para comparecer en juicio, la ciudadana Virginia del Carmen Rodríguez Orfila, en su carácter de presidente de MANTENIMIENTO Y CONSTRUCCIONES, R. V., C.A, y así decide.