PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA y en consecuencia, se condena al demandado a pagar a la demandante la prestación de antigüedad e interese, vacaciones, bono vacacional, utilidades, indemnizaciones por despido injustificado según el art. 125 LOT, salarios caídos calculados desde la fecha del despido hasta el 2-8-2010, con base al ultimo salario normal mensual devengado de Bs. 1.380,00, para lo cual se ordena experticia complementaria del fallo a cargo de un solo experto contable designado por el Tribunal al que corresponda la ejecución.
SEGUNDO: Se condena al demandado a pagar los intereses de mora de conformidad con lo dispuesto en el art. 92 constitucional y a la indexación judicial desde la notificación del demandado hasta la efectiva ejecución del fallo, conforme al fallo de la sala de Casación social del TSJ, del 11-11-2008 para lo cual también se ordena experticia complementaria del fallo a cargo de un solo experto contable designado por el Tribunal al que le correspon.....