Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Noveno de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDO EL PROCESO en el juicio incoado por el ciudadano MIGUEL ANGEL DAZA DELGADO, contra la ASOCIACIÓN DE PROPIETARIOS DE LA RINCONADA (ASO-PRO-RIN), por cobro de prestaciones sociales. SEGUNDO: Dada la naturaleza de la presente decisión no hay condena en costas. Así se decide.