En base a las precedentes consideraciones, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara Sin Lugar el recurso de apelación por el Abogado Javier Marcano Lozada, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Jhonn Antony Becerra Bracamonte, contra la decisión dictada en fecha 26 de Abril de 2016 y fundamentada en fecha 19 de Julio de 2016, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio N° 01 de este Circuito Judicial Penal del estado Lara, mediante la cual condenó al ciudadano Jhonn Antony Becerra Bracamonte, titular de la cédula de identidad N° V-22.323.773, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto en el artículo 5 de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehiculo, en concordancia con el artículo 6 numeral 1ero, 2do y 3ero ejusdem y HOMICIDIO CALIFICADO.....