Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por acción mero declarativa de concubinato intentada por la ciudadana por la ciudadana TRIXI ALEXANDRA HURTADO GOLLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 22.556.218, de este domicilio, contra los ciudadanos NOHEMI ALEJANDRA LEGKOW ONTIVERO, BORIS ALEXANDER LEGKOW ORIAS y ELIAS ROBERTO LEGKOW, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.851.255, V-15.190.563 y V-19.129.751 respectivamente, de este domicilio, en consecuencia:
PRIMERO: Se declara y reconoce la unión concubinaria de la ciudadana TRIXI ALEXANDRA HURTADO GOLLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 22.556.218, de este domicilio y el ciudadano BORIS LEGKOW .....