se declara INCOMPETENTE para conocer del presente recurso de nulidad incoado por la ciudadana VICTORINA GODOY, Sindico Procurador Municipal del Municipio Boconó del Estado Trujillo.
contra la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO TRUJILLO, contenido en la Providencia Administrativa N°.125, de fecha 31 de julio 2003 y por consiguiente se DECLINA LA COMPETENCIA A LA CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO. Así se decide, Administrando Justicia, Actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley. En consecuencia remítase el presente expediente con oficio. Désele salida.