administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la Profesional del derecho Nefertis Barcenas, en su condición de Defensora Privada de los imputados Noes Abdulio Saavedra Domínguez y Truzman Menahen, contra decisión de fecha 1 de febrero del 2011, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a los imputados antes señalados por los delitos de Trafico Ilícito de Materiales Estratégicos previsto y sancionado en el artículo 3 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, Asociación para delinquir previsto y sancionado en el articulo 6 en relación con el articulo 16 numeral 9 del mismo texto legal y Contrabando Agravado previsto y sancionado en el articulo 2 concordado con el articulo 4.16 de la Ley Sobre el Delito de Contrabando.