III
DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
-IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ÁNGEL DAVID ESPAÑA GONZÁLEZ, ya identificado, asistido por el abogado Gerardo Carrillo, identificado supra; contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA.
-IMPROCEDENTE la "medida cautelar innominada provisional" solicitada en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano ÁNGEL DAVID ESPAÑA GONZÁLEZ, ya identificado, asistido por el abogado Gerardo Carrillo, identificado supra; contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO PORTUGUESA.
Notifíquese a la parte recurrente de conformidad con lo previsto en el artículo 251 del Cód.....