DECISIÓN
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación realizada por la abogada ROSANA DEL VALLE JELAMBI, Apoderada Judicial de la parte actora, en contra de la decisión dictada en fecha 22 de Junio de 2010, el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del Estado Lara, que declaró la PERECIÓN DE LA INSTANCIA y EXTINGUIDO el proceso de COBRO DE BOLÍVARES INTIMATORIO, intentado por Asociación Cooperativa LA MÁXIMA DEL FUTURO R.L., contra la Asociación Cooperativa "SANTIAGO 511", ambas identificadas.
No hay condenatorias en costas, dada la naturaleza del fallo.
Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada.
De conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copia certificada de esta sentencia para ser agregada al libro respectiv.....