Por las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR, la apelación formulada por el abogado Héctor Hernán Chirinos Rojas, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 52.696, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano: Jenkys Ranieris Martínez Méndez, En consecuencia, se confirma la sentencia de fecha 24 de marzo 2009 dictado por la Juez de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.