En mérito a las razones que preceden, este Tribunal de Primera Instancia en función de Juicio Nº 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 355 eiusdem emanado de la Sala Constitucional en Sentencia N° 1212, de fecha 14 de junio de 2005, declara SIN LUGAR la petición de la defensora Público Segunda Penal Ordinario, Extensión Barquisimeto, Abg. Almarina Ferrer Guerrero, en representación del acusado JOSE GERMAN RIVERO, en el que solicita su libertad inmediata, establecido en el primer aparte del artículo 244 del COPP.
Notifíquese a la Fiscalia del Ministerio Público y al Defensor Público Abg. Almarina Ferrer Guerrero.
Dada, firmada, sellada, en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado La.....