Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso procesal de apelación interpuesto por el abogado CRISPULO DIAZ SANTOS BERNAL, quien actúa en su propio nombre y como apoderado judicial del co-demandado LUIS PINEDA VERGOÑOS; SEGUNDO: SE MODIFICA la decisión dictada en fecha 10 de julio de 1989, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, que repone la causa al estado de admitir nuevamente las pruebas promovidas por las partes; TERCERO: SE ANULA la decisión dictada en fecha 10 de julio de 1989, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabo.....