En orden a los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con sede en Valencia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la ley, declara: Parcialmente con lugar la demanda interpuesta por el ciudadano YORBYS PEREZ contra las asociaciones cooperativas DINASA R.L. y PINEX 123 R.L. y la sociedad de comercio GENERAL MOTORS DE VENEZUELA C.A. Por las razones antes expuestas, se condena a la accionada de autos a cancelarle al accionante la cantidad total de SETENTA Y CUATRO MIL SETENTA BOLIVARES CON SETENTA CENTIMOS (Bs. 74.070,70). Asi se decide