DECISIÓN
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1. CONSUMADA LA PERENCIÓN Y EXINGUIDA LA INSTANCIA, en los términos expuestos anteriormente.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital con sede en Caracas, a los trece (13) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013). Años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.-
EL JUEZ,
ALÍ ALBERTO GAMBOA GARCÍA
LA SECRETARIA,
YOIDEE NADALES
En fecha trece (13) días del mes de mayo del año dos mil trece (2013), siendo las tres post meridiem (3:00 p.m.), se publicó y registró la anterior sentencia bajo el Nro.
LA SECRETARIA,
YOIDEE NADALES
Exp.- 2137-12- AAGG/GB/fen